Vie. Abr 19th, 2024

El Diario Oficial de la Unión Europea publicó este martes el Reglamento (UE) 2022/63 de la Comisión de 14 de enero de 2022 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al aditivo alimentario dióxido de titanio (E 171), que prohíbe su uso en alimentos y entrará en vigor dentro de 20 días, si bien establece un periodo transitorio.

Así lo precisó la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) en un comunicado en el que puntualizó que el dióxido de titanio es una sustancia tecnológica compuesta por partículas de un tamaño inferior a 100 nanómetros, que se utiliza como colorante alimentario, principalmente en confitería, panadería y salsas, y también está presente en cosméticos, pinturas y medicamentos.

Según recoge el texto del reglamento, hasta el 7 de agosto los alimentos producidos de conformidad con las normas aplicables antes del 7 de febrero de 2022 podrán seguir comercializándose y después de esa fecha podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de duración mínima o de caducidad.

El reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro y, en un plazo de tres años a partir de su entrada en vigor y previa consulta a la Agencia Europea de Medicamentos, la Comisión revisará la necesidad de mantener el dióxido de titanio (E 171) en la lista de aditivos alimentarios de la Unión para su uso exclusivo como colorante en los medicamentos o de suprimirlo de esa lista.

La Aesan recordó que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó en primavera un nuevo dictamen científico actualizando su evaluación previa de 2016 sobre la seguridad de dicho aditivo alimentario y concluyó que el dióxido de titanio no puede seguir siendo considerado seguro como aditivo alimentario al no poder descartar problemas de genotoxicidad después del consumo de las partículas que lo componen.

Quizás también te interese:  Canarias notifica cuatro casos de covid-19 por la subvariante XE

La agencia española defendió que esta nueva evaluación se realizó siguiendo una metodología «rigurosa» y teniendo en cuenta numerosos estudios ahora disponibles, incluidas nuevas pruebas científicas y datos sobre nanopartículas.

«De manera inmediata, y en el marco de la estricta legislación común existente en los 27 Estados miembros que persigue garantizar un elevado nivel de protección de la salud de los consumidores, la Comisión Europea y los Estados miembros se pusieron a trabajar en la elaboración del reglamento que ha sido publicado hoy», sentenció la Aesan.

(SERVIMEDIA)