Sáb. Abr 20th, 2024

MADRID, 24 (SERVIMEDIA)

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la demanda presentada por los sindicatos CGT, CCOO, UGT y USO contra la empresa Digitex que incluía en sus contratos a teleoperadores una cláusula que consideraba lícito el despido por bajo rendimiento y, en consecuencia, la anula por considerarla «abusiva».

Digitex incluía en sus contratos a teleoperadores una cláusula que establecía como causa válida para la extinción de la relación laboral el bajo rendimiento del trabajador en tres meses consecutivos o en cuatro alternos dentro de un período de seis. Fijaba ese bajo rendimiento en el 75% de la media de producción mensual conseguida por los trabajadores del mismo servicio en el que trabajara el teleoperador.

La sentencia explica que las cláusulas contractuales de rendimiento mínimo son válidas y no pueden ser calificadas de abusivas si en su ejercicio se respetan los límites normales o ajustados a los principios de la buena fe.

Pero en este caso, la Sala admite el recurso de los sindicatos tras considerar que la empresa introdujo esta condición en los contratos a partir del mes de junio sin haber sido negociada y de manera «impuesta» ya que si el futuro trabajador no aceptaba, no se le hacía el contrato.

La Audiencia Nacional explica que en su fallo que «el abuso de derecho es manifiesto» porque convierte esta falta de rendimiento en un argumento de despido automático sin tener que atenerse a ninguna de las causas de despido previstas en Estatuto de los Trabajadores para resolver el contrato por bajo rendimiento, que exige acreditar la culpabilidad y gravedad de la conducta y las exigencias formales legalmente establecidas.

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De ese modo se priva al trabajador de «las garantías que tanto la legislación como el convenio colectivo le otorgan de cara a enfrentarse ante un despido disciplinario por bajo rendimiento» y además «implica una negociación individual en masa de condiciones de trabajo» que vulnera el derecho a la negociación colectiva y supondría pactar posibles despidos sin carácter normativo y dejando en papel mojado lo pactado en convenio.